Control e impulso del gobierno - www.jjggalava.eus
- Mediateca
- Agenda
- Histórico de sesiones
Sesiones
- Actividad general
- Resumen de Iniciativas
- Resumen de sesiones
Estadísticas
- Historia
- Sede
- Memorias
- Funciones generales
- Actas históricas
La Institución
- Igualdad
- Cuadrillas
- Servicios administrativos
- Reglamento de la Cámara
Funcionamiento
Control e impulso del gobierno
Las relaciones entre la Diputación Foral y las Juntas Generales son las propias de un sistema parlamentario, en el que la Diputación Foral (poder ejecutivo) responde de su gestión ante las Juntas Generales (poder legislativo) y está sometida a su control. El parlamento alavés no sólo elige al diputado o diputada general sino que puede provocar su cese a través del mecanismo conocido como moción de censura, además de controlar e impulsar la gestión política del gobierno foral mediante diversos medios.
Los medios de control e impulso de la actividad de la Diputación Foral son los siguientes:
Instrumentos de control al ejecutivo
La moción de censura: : Las Juntas Generales pueden exigir la responsabilidad de la Diputación Foral por medio de la moción de censura. Ésta debe presentarse a propuesta de, al menos, quince procuradores y/o procuradoras y, en el caso de que el objetivo de la censura sea el diputado o diputada general, debe incluir una candidatura alternativa. Una vez que por la Mesa se ha comprobado que la iniciativa cumple los requisitos reglamentarios, se comunica a los grupos junteros y a la Diputación Foral. La moción tiene un plazo de espera entre su presentación y el señalamiento de la sesión para su votación de al menos cinco días, durante los cuales se podrán presentar mociones alternativas, que tiene que cumplir con los mismos requisitos.
La sesión en la que se debate la moción de censura comienza con su defensa por parte de alguno de los procuradores o procuradoras que la haya firmado y, después, el candidato propuesto expone su programa. Tras estas intervenciones, la presidencia del legislativo alavés puede suspender la sesión por un plazo no superior a veinticuatro horas. Reanudado el Pleno toman la palabra los grupos junteros y se otorga un turno de réplica a todos los intervinientes.
Finalmente se somete a votación la moción de censura. Si ésta prospera con el voto de la mayoría absoluta del pleno supone el cese del diputado o diputada general y de la propia Diputación Foral y queda de esta manera proclamado nuevo diputado o diputada general la candidatura que se haya propuesto en la moción.
También se puede exigir la responsabilidad de un diputado o diputada foral mediante la presentación frente a éste de una moción de censura. En este caso no procede la propuesta de otro candidato ni de mociones alternativas y, en caso de que prospere la moción de censura, el diputado o diputada general le cesará de forma inmediata.
La cuestión de confianza: La Norma Foral de Organización Institucional del Territorio Histórico de Álava señala que el diputado o diputada general puede plantear ante las Juntas Generales de Álava una cuestión de confianza sobre su política general, que de ser denegada dará lugar a su dimisión. La cuestión de confianza se presenta mediante escrito motivado elaborado en el Consejo de Diputados y Diputadas. Tras el correspondiente debate en una sesión plenaria de las Juntas Generales convocada al efecto, se procede a la votación de la cuestión de confianza, confianza que se entiende otorgada al diputado o diputada general cuando obtuviese la mayoría simple de los votos de las Juntas Generales. Si se negara la confianza, este o esta presentará su dimisión, debiendo procederse a la designación de un nuevo diputado o diputada general.
Las interpelaciones: : Los procuradores, a través de su grupo juntero, pueden formular interpelaciones a la Diputación Foral y a cada uno de sus miembros requiriendo los motivos o propósitos de la conducta del ejecutivo en cuestiones referentes a determinados aspectos de su política. La admisión de la iniciativa da lugar a su inclusión, tras trasladarla a la Diputación Foral, en el orden del día de un pleno de control, sustanciándose mediante turnos de palabra en el que se suceden el interpelante y el miembro de la Diputación Foral a quien va dirigida la iniciativa. Las interpelaciones pueden dar lugar a mociones derivadas de ellas, para que la cámara muestre su posición sobre ese asunto en particular.
Las preguntas: El Reglamento de las Juntas Generales establece que los procuradores pueden formular preguntas dirigidas a la Diputación Foral y a cada uno de sus miembros para su contestación ante el pleno, que será el denominado `de control´, o ante la comisión correspondiente por razón de la materia. Éstas se presentan mediante un escrito en el que formulan interrogantes sobre una materia, un hecho, una situación o una información; sobre si la Diputación ha tomado o va a tomar alguna providencia en relación con algún asunto o sobre si va a entregar a las Juntas algún documento o a informarlas sobre algún extremo. Tanto ante el pleno como en comisión, las preguntas se desarrollan con intervenciones de quien las presenta y del representante correspondiente de la Diputación Foral. También pueden formularse preguntas a la Diputación para su respuesta por escrito, teniendo en ese caso el ejecutivo foral un plazo de veinte días para contestarlas desde el momento de su traslado.
Las comparecencias en comisión de los diputados o diputadas forales, o de otras autoridades o funcionarios: Los diputados y diputadas forales deben comparecer ante las comisiones de las Juntas Generales cuando éstas lo hayan acordado con el fin de informar sobre un extremo concreto o bien, con generalidad, sobre alguna materia competencia de su departamento o sobre su política general. En estos casos, intervienen todos los grupos junteros para solicitar aclaraciones y hacer observaciones, respondiendo después el represente del ejecutivo foral. También pueden acordarse comparecencias de otras personas, autoridades o funcionarios ante las comisiones de las Juntas Generales, siempre que la motivación de la comparecencia se refiera a cuestiones que afecten o tengan relación inmediata con el Territorio Histórico de Álava.
Sesiones informativas de los diputados y diputadas forales en las comisiones: Los miembros del gobierno foral pueden comparecer también, a petición propia, ante la comisión que determine la Mesa para informar de las actividades de su competencia. A estas sesiones los diputados y diputadas pueden asistir acompañados, además, de altos cargos de su confianza. En la comparecencia, tras la exposición por parte de este diputado o diputada, los grupos junteros, a través de sus vocales en la comisión, pueden formular preguntas u observaciones a las que responden nuevamente el representante del ejecutivo foral y los altos cargos que le acompañen.
Las peticiones de información: Para el cumplimiento de su función de control al ejecutivo, los procuradores y procuradoras pueden, a través de su grupo juntero, solicitar a la Diputación Foral los datos, informes y documentación que obren en poder de ésta. El ejecutivo foral debe cumplimentar la solicitud en el plazo máximo de veinte días o, en su caso, explicar las razones por las que no ha podido hacerlo. A través de la presidencia de las Juntas Generales, los miembros de la Cámara también pueden pedir a la administración autónoma, a los otros Territorios Históricos o las entidades locales alavesas aquella documentación que, afectando de alguna manera a Álava, tengan a bien proporcionarles.
Instrumentos de impulso del ejecutivo
Las mociones: Las mociones son iniciativas que pueden ser presentadas por cualquier grupo juntero y que tienen por finalidad que la Diputación Foral remita a las Juntas Generales una propuesta sobre alguna de las materias que sean de su competencia o bien que las Juntas Generales deliberen y se pronuncien sobre un determinado asunto.
Las mociones son admitidas a trámite por la Mesa que las remite al pleno o a la comisión competente por razón de la materia, y a su vez son publicadas para que los demás grupos junteros puedan también presentar enmiendas a las mismas. En su debate intervienen el grupo proponente, los enmendantes y los no enmendantes, procediéndose finalmente a la votación de la moción y sus enmiendas. Las mociones aprobadas se publican y se notifican a la Diputación Foral como plasmación de la voluntad política de la Cámara sobre un determinado asunto.
Las resoluciones de las Juntas Generales: La Diputación Foral puede remitir a las Juntas Generales comunicaciones sobre asuntos de su competencia que, dirigidas al pleno o a la comisión que corresponda, dan lugar a un debate en el que los grupos junteros pueden presentar propuestas de resolución sobre la materia objeto de discusión. Estas propuestas se votan, tras su defensa, y de ser aprobadas se publican en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava y se da cuenta de las mismas a la Diputación Foral o al órgano o entidad correspondiente como manifestación de la voluntad política de la cámara.